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Pregunta y Respuesta:
"He firmado un contrato de alquiler por un año, que supuestamente tengo que pagar los 12 meses aunque no habite el piso, y ahora de mi trabajo me envían a otra comunidad autónoma. Hay alguna manera de cancelar el contrato o no tengo escapatoria mas que pagar los 12 meses?." Respuesta de nuestro experto: La regla general es que los gastos generales y los servicios del edificio (gastos comunidad, portería, limpieza, recogida de basuras, vigilancia, etc) así como los impuestos que recaen sobre la vivienda, corran a cuenta del arrendador siempre y cuando no se pacte lo contrario en el contrato de arrendamiento, mientras que los servicios cuyo gasto sea determinable de manera individual (como contadores de la luz, agua, gas...) deben ser abonados por el arrendatario, es decir, usted. Un saludo cordial
Rubén García - Presidente ejecutivo y Creador de la Comunidad Thursday Internet, Director General y desarrollo de negocio de Romanza Club de Inversiones Madrid
Puedes escribir un mail a la dirección: experto.inmobiliaria
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